Tasa de Estancia
📜 Reglamento – Municipio de Roma (3ª Categoría)
De acuerdo con el "Reglamento sobre la Contribución de Estancia de Roma Capitale", en particular el Artículo 3 (Sujeto Pasivo), los visitantes que se alojen en establecimientos de hospedaje en Roma y que no sean residentes del municipio están obligados a pagar la Tasa de Estancia.
💰 Importe de la Tasa de Estancia
✔ Tarifa: 6,00 € por persona, por noche
✔ Aplicable hasta: 10 noches consecutivas
✔ Pago: Debe realizarse en el check-in, en efectivo o con tarjeta
✔ Recibo: Se emitirá un recibo oficial por el importe abonado
👥 ¿Quién Debe Pagar la Tasa?
Todos los huéspedes no residentes en Roma que se alojen en:
🏨 Establecimientos de hospedaje, como hoteles, hostales, B&B, casas vacacionales
🏠 Alojamientos de uso turístico
❌ Exenciones – ¿Quién No Está Obligado a Pagar la Tasa?
Las siguientes categorías están exentas del pago de la Tasa de Estancia:
1️⃣ Niños hasta 10 años (inclusive)
2️⃣ Pacientes que necesiten tratamiento médico y acompañantes de pacientes hospitalizados en hospitales de Roma (1 acompañante por paciente, con certificado hospitalario)
3️⃣ Conductores de autobuses y guías turísticos de grupos organizados (1 por cada 25 participantes, con declaración oficial de la agencia de viajes)
4️⃣ Fuerzas del orden y personal militar en servicio para la seguridad pública (con documento oficial del organismo correspondiente)
5️⃣ Personal de los establecimientos de hospedaje que resida en ellos por motivos laborales
6️⃣ Personas alojadas por emergencias sociales o sanitarias por orden de la Protección Civil o las Autoridades Públicas
7️⃣ Voluntarios involucrados en misiones de ayuda humanitaria (con declaración oficial de su organización)
8️⃣ Personas con discapacidad grave, certificadas según la Ley 104/1992, Artículo 3, Párrafo 3, y su cuidador familiar (con documentación válida, incluyendo certificaciones equivalentes para ciudadanos extranjeros según las normativas de su país de origen)
📌 ¿Cómo Solicitar la Exención?
Para obtener la exención de la Tasa de Estancia, el huésped debe presentar en el momento del check-in una declaración oficial, acompañada de documentación válida que acredite su derecho a la exención.
✔ La documentación debe cumplir con las normas del D.P.R. del 28 de diciembre de 2000, n.° 445 y sus modificaciones posteriores.
✔ En caso de no presentar los documentos requeridos, se aplicará la Tasa de Estancia.